loader image

Insolvencia y reestructuraciones de deudas

Herramientas para superar las dificultades provocadas por la crisis actual

Por Carlos Díaz-Durán M.| Director de Área Corporativa

Uno de los grandes temas que se viene tras la crisis provocada por el COVID-19 es la reestructuración de deudas y procedimientos de insolvencia. Importantes actores de los sectores económicos que se están viendo golpeados han empezado ya a acogerse a estos procedimientos. Casos como el de Avianca o gigantes de las ventas al detalle como JC Penny son ejemplos de empresas que se han acogido a un procedimiento de insolvencia, bajo el muy conocido Chapter 11 que regula la bancarrota en los Estados Unidos.

¿Qué significa para una empresa acogerse a un procedimiento de insolvencia? Estos mecanismos se utilizan cuando una empresa no puede hacer frente al pago corriente de sus obligaciones. Pueden ser iniciados por la propia empresa afectada o por sus acreedores, con miras a recuperar la mayor cantidad posible de las sumas que les son adeudadas.

La tendencia actual en materia de insolvencia es crear normas que permitan a los acreedores recuperar la mayor cantidad de su capital en caso de una situación de impago. Asimismo, se busca que, cuando el caso lo permita, se mantengan en funcionamiento los negocios insolventes siempre y cuando puedan lograr una solución económicamente viable a través de una reestructuración con intervención de los acreedores.

El régimen de insolvencia de Guatemala se encuentra regulado en el Código Procesal Civil y Mercantil. En materia de insolvencia, al igual que en muchos otros aspectos, dicho Código se encuentra desactualizado y en gran medida obsoleto. Guatemala ha recibido año tras año malas calificaciones en los indicadores de resolución de insolvencia que son tomados en cuenta para determinar el riesgo y el clima de inversión de los países por distintas guías de negocios. Para el año 2020 la guía Doing Business del Banco Mundial calificó a Guatemala con 27.6 puntos de un total de 100 en el rubro de resolución de insolvencia, lo que coloca al país en la posición 157 de 190 países evaluados. Según dicha publicación, el porcentaje de recuperación de deuda en Guatemala es de 28.1 centavos por cada Dólar.

Los números hablan por sí mismos. Guatemala necesita con urgencia actualizar su legislación en materia de insolvencia. Esto cobra especial relevancia en un momento en el que muchos negocios se ven en serias dificultades para hacer frente al pago de sus obligaciones. En el pasado, muchos sectores han impulsado iniciativas para su aprobación en el Congreso de la República, sin embargo, por diversas circunstancias, a la fecha no ha sido posible consensuar y aprobar una nueva ley en materia de insolvencia.

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) cuenta con una Guía Legislativa en materia de insolvencia que sienta muchos de los lineamientos que se deberían usar como base para un régimen de insolvencia eficaz. Quizás la crisis provocada por el COVID-19 sea una buena oportunidad para alcanzar los acuerdos necesarios para que finalmente renovemos nuestro régimen de insolvencia.

¿Qué podemos hacer en materia de insolvencia con las herramientas con las que contamos actualmente? La mayor parte de legislaciones que son referentes para este tema permiten las negociaciones voluntarias. Si bien es cierto que el marco institucional es importante, es posible alcanzar acuerdos que tiendan a reestructurar las deudas teniendo como base un plan económicamente viable y documentarlos de tal forma que se cuente con los mecanismos necesarios para la ejecución de dichos acuerdos en caso de un incumplimiento. Para que las souciones negociadas sean viables también deben contemplar mecanismos para garantizar los activos del deudor y así evitar afectaciones mayores a los acreedores. Esto se puede lograr a través de fideicomisos u otro tipo de garantías sobre los activos que faciliten una eventual ejecución.

Ante una economía en crisis, muchos acreedores verán con buenos ojos alcanzar acuerdos  para reestructurar la deuda de forma que obtengan mejores resultados que los que obtendrían apresurándose a procesos de ejecución. Muchos negocios que se encuentran atravesando dificultades para hacer frente a sus pagos podrían superarlas alcanzando acuerdos de reestructuración. Esta solución es especialmente relevante en el caso de negocios económicamente viables que se encuentran con problemas de liquidez superables en el mediano plazo.

Además de las deficiencias normativas en materia de insolvencia, es muy probable que nuestro sistema judicial se encuentre sobresaturado o incluso colapsado en los próximos meses. Debemos continuar buscando alcanzar soluciones a través de negociaciones voluntarias u otros métodos alternos de resolución de controversias que lo permitan. Aprovechemos las herramientas con las que contamos y busquemos soluciones que nos permitan a todos superar la crisis de la mejor forma.

Leave a Replay